Coordinación General de Atención a Víctimas
Información del puesto
Acuerdo A/012/2017 del C. Procurador General de Justicia en la Ciudad de México, por el que se crean los Centros de Justicia para las Mujeres en la Ciudad de México.
Artículo SEXTO.- La persona titular de la Dirección General de los Centros de Justicia para las Mujeres, ejercerá por sí, o a través de las personas servidoras públicas adscritas a los Centros de Justicia para las Mujeres, las atribuciones siguientes:
l. Establecer las actividades que deben realizar las diferentes áreas que integran los Centros de Justicia para las Mujeres, de acuerdo con su competencia y las necesidades que tengan las personas usuarias; asimismo, realizará los cambios de actividades que considere pertinentes, en total apego al Modelo de Atención Integral y al Protocolo para la Atención de las Personas Usuarias en el Centro de Justicia para las Mujeres de la Ciudad de México;
ll. Coordinar a las personas servidoras públicas que brinden sus servicios en los Centros de Justicia para las Mujeres, para garantizar el acceso a la justicia a las mujeres víctimas y el ejercicio pleno al derecho a una vida libre de violencia, asegurando los servicios integrales, multidisciplinarios e interinstitucionales que se requieran;
III. Promover proyectos y programas en materia de atención, prevención, sanción y erradicación de la violencia contra las mujeres, orientadas a fortalecer las politicas públicas;
IV. . Promover la colaboración interinstitucional entre las Dependencias que participarán en el cumplimiento del objeto de los Centros de Justicia para las Mujeres;
V. Establecer estrategias para vincular a las personas servidoras públicas que brindan sus servicios en los Centros de Justicia para las Mujeres, a fin de que observen el Modelo de Atención de los mismos;
VI. Consolidar equipos de trabajo multidisciplinarios, en especial aquellos que se relacionen con los temas de género, violencia contra las mujeres y derechos humanos;
VII. Promover Acuerdos y Convenios de Colaboración con las autoridades de los distintos niveles de Gobierno, Organismos internacionales y otros entes públicos y privados, orientados a mejorar el funcionamiento y operación de los Centros de Justicia para las Mujeres;
VII. Aplicar y administrar los recursos que le son asígnádos y rendir los—informescorrespondientes;
IX. Sugerir, al personal de la agencia del Ministerio Público de los Centros de Justicia para las Mujeres, estrategias que permitan llevar a cabo las diligencias pertinentes en la investigación de los delitos, a fin de garantizar a las personas usuarias una adecuada procuración de justicia; y,
X. Las demás que le instruyan las personas titulares, de la Procuraduría y Subprocuraduría de Atención a Víctimas del Delito y Servicios a la Comunidad, que resulten necesarias para el buen funcionamiento de los Centros de Justicia para las Mujeres en la Ciudad de México.