Coordinación General Implementación
Datos del titular
Luis Gómez Negrete, es licenciado en Ciencias Políticas y Administración Pública por la UNAM y Maestrante de Derecho Internacional de los Conflictos Armados, por la Academia de Ginebra, Suiza. Su trabajo se ha centrado en el desarrollo de mecanismos de protección para personas afectadas por la violencia y conflictos armados en México, Nigeria y Colombia.
Entre 2011 y 2016 trabajó en la documentación y acompañamiento a casos de desaparición de personas en organizaciones de la sociedad civil mexicana y en el desarrollo de políticas públicas en materia de atención a víctimas.
Desde 2016 colaboró con el Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR) para el desarrollo de políticas públicas, asesoría y capacitación para fiscalías, instituciones médico legales y comisiones de búsqueda a nivel federal y en el Estado de México, Tamaulipas, Veracruz, Chihuahua y Coahuila.
En 2019 fue delegado en Nigeria donde trabajó en la coordinación del CICR para la búsqueda de un universo de más de 23 mil personas desaparecidas y asesoró a la Comisión Nacional de Derechos Humanos de dicho país para la elaboración del primer registro nacional de personas.
Desde 2020 fue el delegado para el acuerdo de paz entre las FARC-EP y el Gobierno Colombiano en Bogotá, Colombia recibiendo información de los excombatientes para contribuir a la construcción de la verdad y asesorando a la Unidad de Búsqueda de Personas Desaparecidas en el desarrollo de políticas en la materia.
En 2023, fue delegado para la Protección de personas en el Norte de Antioquia, donde coordinó las operaciones del CICR para responder a los conflictos en la región y fue representante para el diálogo con grupos armados no estatales y con el Ejército colombiano.
Desde enero de 2025 se ha desempeñado como Titular del Órgano de Política Criminal de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México y la Unidad de Implementación.
Reglamento de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal.
Artículo 27.- El Procurador General de Justicia del Distrito Federal, además de las señaladas en la Ley Orgánica de esta Procuraduría, ejercerá las atribuciones no delegables siguientes:
I. Establecer los lineamientos de participación de la Procuraduría en las instancias de coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Pública, de acuerdo con la ley de la materia y demás normas que regulen la integración, organización y funcionamiento de dicho Sistema, conforme al párrafo décimo del artículo 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;
II. Autorizar la concertación de programas de cooperación con instituciones y entidades del extranjero, así como con organismos internacionales, a fin de mejorar la procuración de justicia;
III. Fungir, en su caso, como Secretario Ejecutivo del Consejo de Seguridad Pública del Distrito Federal y de los órganos que en materia de seguridad pública presida el Jefe de Gobierno en los términos de las disposiciones legales aplicables;
IV. Otorgar el visto bueno, cuando el Agente del Ministerio Público especializado, proponga el desistimiento de la acción de Extinción de Dominio;
V. Acordar la solicitud del Agente del Ministerio Público especializado, para ampliar el término de la preparación de la acción de Extinción de Dominio;
VI. Revisar la solicitud de improcedencia de la acción de Extinción de Dominio, que formule el agente del Ministerio Público especializado, y resolver en definitiva si debe ejercitarse la acción ante el Juez;
VII. Designar a los agentes del Ministerio Público especializados, para que intervengan en los procesos ante las autoridades judiciales correspondientes;
VIII. Implementar las acciones conducentes para garantizar el respeto a los derechos humanos de los servidores públicos de la Institución, y
IX. Las demás que con ese carácter le confieran las disposiciones legales aplicables y las que le otorgue el Jefe de Gobierno del Distrito Federal o el Presidente de la República, en el ámbito de sus respectivas competencias.