Fiscalía de Investigación de los Delitos en Materia de Trata de Personas
Información del puesto
Reglamento de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal.
Acuerdo A/005/2013 del Procurador General de Justicia del Distrito Federal, por el que se crea la Fiscalía Central de Investigación para la Atención del Delito de Trata de Personas.
TERCERO.- La Fiscalía Central de Investigación para la Atención del Delito de Trata de Personas tendrá las atribuciones siguientes:
I. Investigar los hechos probablemente constitutivos de los delitos a que se refieren los artículos señalados en el numeral segundo de este Acuerdo, en sus modalidades de esclavitud, condición de siervo, prostitución ajena u otras formas de explotación sexual, explotación laboral, trabajo o servicios forzados, mendicidad forzosa, utilización de personas menores de dieciocho años en la comisión de actividades delictivas relacionadas con los delitos previstos en la Ley para Prevenir y Erradicar la Trata de Personas, el Abuso Sexual y la Explotacion Sexual Comercial Infantil para el Distrito Federal, adopción ilegal de persona menor de dieciocho años, matrimonio forzoso o servil, tráfico de órganos, tejidos y células de seres humanos vivos, experimentación biomédica ilícita en seres humanos, pornografía, corrupción de menores relacionados con actos sexuales y de prostitución, cuando el probable responsable obtenga un beneficio derivado de la explotación de la víctima, lenocinio y turismo sexual, así como perseguir a los imputados, dando inicio a la investigación correspondiente;
ll. informar al Agente del Ministerio Público de la Federación, en el supuesto de la fracción | de este numeral, el inicio de las investigaciones, para que de ser el caso, solicite la atracción de la investigación. En caso de que la competencia del asunto corresponda a otra Entidad Federativa, se decretará la incompetencia y se acordará su inmediata remisión;
lll. Solicitar las medidas cautelares de cateo, arraigo y, en su caso, intervención de comunicaciones privadas, ante el órgano jurisdiccional de la materia;
lV. Asegurar en los casos procedentes los bienes muebles, inmuebles y valores que sean objeto, producto o instrumento del delito investigado;
V. Remitir a la Fiscalía Especializada en Extinción de Dominio, las copias certificadas de las actuaciones necesarias para su intervención en términos del artículo 22 Constitucional;
Vl. Coordinar con las Fiscalías Centrales y Desconcentradas de Investigación, la práctica de las diligencias urgentes que eviten poner en riesgo los indicios o evidencias relacionadas con los hechos denunciados y que resulten ser materia de su competencia;
VIl. Ejercer la facultad de atracción de las averiguaciones previas iniciadas en las Fiscalías Centrales y Desconcentradas de Investigación y que correspondan a la competencia de esta Fiscalía;
Vlll. Ejercer la acción penal ante la autoridad judicial competente y coadyuvar con el Ministerio Público adscrito al juzgado penal del conocimiento, para acreditar los elementos del cuerpo del delito y la responsabilidad de los imputados, de conformidad con la normatividad aplicable;
lX. Participar en la difusión de las campañas de educación para la prevención del delito de trata de personas, conforme a los programas del Gobierno del Distrito Federal, Gobierno Federal, así como en los Convenios y Tratados Internacionales, en los que el Estado Mexicano sea parte;
X. Brindar información, asesoría y orientación, en coordinación con la Subprocuraduría de Atención a Víctimas del Delito y Servicios a la Comunidad, a los Consejos Delegacionales, a las Asociaciones de padres de familia y al Consejo Ciudadano de Seguridad y Procuración de Justicia del Distrito Federal, respecto del quehacer de la Fiscalía y de los programas relacionados con los delitos competencia de la misma;
Xl. Crear una base de datos para el registro de la información relacionada con sus atribuciones;
Xll. Coordinar con la Dirección General Jurídico Consultiva y de Implementación del Sistema de Justicia Penal, la formulación de los informes previos y justificados en los juicios de amparo promovidos contra actos del Fiscal, así como la presentación de las promociones y los recursos que deban interponerse;
Xlll. Atender los requerimientos o peticiones de información, dirigidos a la Oficina de Información Pública de esta Institución, en coordinación con la Dirección General de Política y Estadística Criminal, de conformidad con la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal, y demás normatividad aplicable; y,
XlV. Las demás que para el caso determine el Titular de la Procuraduría o el Subprocurador de Averiguaciones Previas Centrales.
Datos del titular
- Fiscal Especial para la Investigación de Delitos Relativos a Hechos de Violencia contra las Mujeres. Fiscalía General de la República. Enero 2024-Enero 2026.
- Titular de la Coordinación General Técnica de la Fiscalía Especializada en Delitos de Violencia contra las Mujeres y Trata de Personas, Fiscalía General de la República. Abril 2023- Diciembre 2023
- Titular de la Coordinación de Formación y Políticas Públicas de la Fiscalía Especializada en Delitos de Violencia contra las Mujeres y Trata de Personas, Fiscalía General de la República. Abril 2022- Abril de 2023.
- Jefa de la Unidad Jurídica y Titular de la Unidad de Transparencia de la Secretaría de Bienestar del Estado de Oaxaca. 01 de noviembre 2021 al 31 de marzo de 2022.
- Titular de la Unidad de Género de la Fiscalía General del Estado de Oaxaca. 01 abril 2018 al 30 de septiembre 2021.