Coordinación General del Instituto de Formación Profesional y Estudios Superiores

Información del puesto

Artículo 88.- Además de las atribuciones establecidas en la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, el Coordinador General del Instituto de Formación Profesional, ejercerá por sí o a través de los servidores públicos que le estén adscritos las atribuciones siguientes:

I. Planear, proponer y ejecutar los procedimientos relativos al ingreso, permanencia y promoción del personal ministerial, pericial y policial, de conformidad con la normatividad aplicable en el marco del Servicio Profesional de Carrera;
II. Planear, dirigir y ejecutar procesos académicos y de posgrado, sin vinculación directa con el Servicio Profesional de Carrera;
III. Suscribir las constancias, diplomas, certificados, títulos o cualquier otro documento que acredite la conclusión de las actividades académicas que imparte el Instituto de Formación Profesional;
IV. Realizar las acciones para la implementación de los mecanismos, procedimientos y modalidades de titulación y obtención de grado;
V. Diseñar, proponer y ejecutar los planes y programas de formación y capacitación para el personal sustantivo, y facilitar en su caso el material didáctico en los procesos de enseñanza-aprendizaje;
VI. Proponer al Comité de Profesionalización Académico, las líneas de investigación en el campo de las ciencias penales y la política criminal, aplicables a la procuración de justicia;
VII. Promover y coadyuvar en la nivelación académica del personal sustantivo, según corresponda, en bachillerato, licenciatura y posgrado;
VIII. Diseñar, planear y coordinar los programas de profesionalización, de competencias profesionales y desarrollar el sistema de evaluación académica;
IX. Supervisar y ejecutar los mecanismos del sistema de evaluación del desempeño y competencias profesionales del personal sustantivo;
X. Remitir a la Dirección General Jurídico Consultiva y de Implementación del Sistema de Justicia Penal, los programas académicos que servirán de base para la capacitación relacionada con la implementación del nuevo Sistema de Justicia Penal, para su validación ante las instancias competentes;
XI. Vigilar que la calidad académica de los docentes, sea acorde con los fines de la profesionalización;
XII. Elaborar y proponer al Comité de Profesionalización Académico, el Manual de Operación Escolar y la demás normatividad que regule la vida académica;
XIII. Intervenir y coordinar el proceso para el otorgamiento de estímulos y reconocimientos del personal sustantivo de la Institución; 58 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 24 de octubre de 2011
XIV. Definir y operar los procedimientos y controles de administración escolar de las diferentes actividades académicas;
XV. Realizar las gestiones administrativas necesarias, ante las instancias de educación superior, para obtener el reconocimiento de los programas académicos que así lo requieran;
XVI. Proponer ante el Comité de Profesionalización Académico los criterios y montos para el otorgamiento de becas, dentro de las distintas actividades académicas que realiza el Instituto de Formación, para su validación;
XVII. Difundir y promover las actividades académicas, a través de medios impresos, electrónicos y multimedia;
XVIII. Intercambiar, promover y difundir las publicaciones del Instituto de Formación Profesional, y en las que éste tenga colaboración académica;
XIX. Proponer la celebración de convenios y otros instrumentos de colaboración, en materia de seguridad pública, procuración e impartición de justicia, para promover el desarrollo profesional de los servidores públicos, el intercambio bibliotecario y para impulsar las actividades de extensión académica, investigación y difusión científica en el ámbito de las ciencias penales y la política criminal;
XX. Actualizar y evaluar los programas de posgrado;
XXI. Elaborar y proponer el Programa Editorial del Instituto, al Comité Editorial;
XXII. Implementar y difundir el Programa Editorial, aprobado por el Comité Editorial;
XXIII. Atender los requerimientos o peticiones de información, dirigidos a la Oficina de Información Pública de la dependencia, de conformidad con la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal y demás normatividad aplicable;
XXIV. Coordinar con la Dirección General Jurídico Consultiva y de Implementación del Sistema de Justicia Penal, la formulación de los informes previos y justificados en los juicios de amparo promovidos contra actos de los servidores públicos adscritos a la Coordinación General, así como la presentación de las promociones y los recursos que deban interponerse;
XXV. Planear y operar el ejercicio de los recursos humanos, materiales, financieros y presupuestales asignados al Instituto de Formación, Profesional;
XXVI. Proponer ante la instancia correspondiente la creación y/o modificación de la estructura orgánica del Instituto;
XXVII. Coadyuvar con la instancia correspondiente, en el desarrollo de las acciones en torno a las evaluaciones de control de confianza;
XXVIII. Participar en los órganos colegiados relacionados con las actividades propias del Instituto, en términos de la normatividad aplicable, y
XXIX. Las demás que instruya el Procurador y que señalen las demás disposiciones legales aplicables.


Establecer los planes y programas académicos para los cursos de formación y profesionalización del personal sustantivo que se capacita, actualiza en el Instituto de Formación Profesional.

Planear, definir, organizar y dirigir los programas de capacitación en la formación, profesionalización y especialización del personal sustantivo de la Procuraduría General de Justicia de la Ciudad de México, de conformidad con las bases de organización y funcionamiento del servicio Profesional de Carrera, además de establecer y coordinar el diseño de los mecanismos de extensión académica, educación continua, coordinación interinstitucional, investigación y publicaciones en el ámbito de las ciencias penales y la procuración de justicia, así como coordinar con las instancias competentes los procedimientos académicos y de posgrado.