Dirección General de la Unidad de Estadística y Transparencia

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Reglamento de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal

Artículo 43.- Al frente de la Dirección General de Política y Estadística Criminal habrá un Director General, quien ejercerá por sí o a través de los servidores públicos que le estén adscritos, las atribuciones siguientes:

I. Proponer los lineamientos y criterios de política criminal para la prevención del delito, el combate a la impunidad, así como para la atención de víctimas del delito;
II. Investigar y determinar las causas que dan origen a los delitos y precisar los lugares de su comisión, a través del manejo y uso de la información geográficamente referenciada, evaluar el impacto social que producen y su costo;
III. Coordinar con la Dirección General Jurídico Consultiva y de Implementación del Sistema de Justicia Penal y las Unidades Administrativas sustantivas, la elaboración de estudios y recomendaciones que propicien la actualización y el perfeccionamiento del Derecho Penal y de sus disciplinas auxiliares, así como proponer proyectos de modificaciones a las leyes penales y de procedimientos penales del Distrito Federal, a fin de propiciar el mejoramiento de la procuración y administración de justicia;
IV. Promover la comunicación e intercambio de experiencias e información con instituciones nacionales y extranjeras, para la cooperación y el fortalecimiento de acciones en materia de política criminal, de conformidad con la normatividad aplicable;
V. Participar en el diseño de instrumentos de planeación por lo que se refiere a la procuración de justicia en el Distrito Federal, incentivando la participación de los distintos sectores de la sociedad, mediante la implementación de un sistema articulado de indicadores, y la generación de normas encaminadas a la mejora continua;
VI. Recabar y sistematizar la información generada en materia de incidencia delictiva, para ser utilizada en las acciones de coordinación y la toma de decisiones para el combate a la delincuencia y la disminución del índice delictivo;
VII. Organizar y desarrollar mecanismos permanentes de coordinación y comunicación con las unidades administrativas generadoras de información criminal, a efecto de unificar y definir criterios, mecanismos y estrategias para su obtención precisa y oportuna, a través del diseño de programas informáticos que permitan la comunicación en línea para la actualización en tiempo real y base de datos;
VIII. Concentrar la información de las diversas bases de datos existentes en las Unidades Administrativas de la Procuraduría, y validar la información estadística derivada de las acciones relativas a la procuración de justicia;
IX. Organizar y desarrollar programas de recopilación, análisis, procesamiento, emisión, sistematización y difusión de la información generada y obtenida de instancias externas y de las diferentes unidades administrativas sustantivas de la Procuraduría, así como atender las peticiones de usuarios y llevar a cabo el control y la supervisión de las consultas a la base de datos;
X. Proponer lineamientos para la emisión, uso y destino de la información así como para la validación de reportes, boletines informativos y estadísticos generados en la Dirección General, y vigilar su oportuna distribución a las distintas unidades administrativas de la Procuraduría, para su consideración en la toma de decisiones;
XI. Desarrollar un sistema para la formulación periódica de informes de índices de cargas de trabajo, que sirva como herramienta para evaluar el desempeño del personal sustantivo;
XII. Participar, con la información generada en el ámbito de la procuración de justicia del Distrito Federal, para los efectos previstos en la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública;
XIII. Establecer mecanismos de control en materia de estadística y política criminal, que garanticen un seguimiento adecuado a la integración de la información criminal, de los procesos penales y reinserción social;
XIV. Implementar estudios criminológicos, sobre la incidencia delictiva, con el fin de generar información que permita una correcta y óptima planificación de políticas de prevención y procuración de justicia;
XV. Coordinar con la Dirección General Jurídico Consultiva y de Implementación del Sistema de Justicia Penal la formulación de los informes previos y justificados en los juicios de amparo promovidos contra actos de los servidores públicos adscritos a la Dirección General, así como la presentación de las promociones y los recursos que deban interponerse;
XVI. Atender los requerimientos o peticiones de información, dirigidos a la Oficina de Información Pública de la dependencia, conforme a los lineamientos que establezca, de conformidad con la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal y demás normatividad aplicable, coordinando para tal efecto las acciones necesarias con las unidades administrativas;
XVII. Analizar, proponer y validar, en coordinación con la Dirección General de Tecnologías y Sistemas Informáticos, la incorporación de variables a los sistemas informáticos, que permitan la generación de nuevas estadísticas conforme se requiera y a través de los mecanismos que para el efecto se establezcan;
XVIII. Proponer los criterios de participación con los entes públicos que generen información estadística, a través de indicadores, y
XIX. Las demás que instruya el Procurador o señale la Ley Orgánica y la normatividad aplicable.

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